No + Deudas

Procedimiento de Liquidación Ley 20.720

El procedimiento de liquidación establecido para dar una segunda oportunidad a las personas cuando por alguna razón ya no pueden pagar sus deudas, lo encuentras en la ley 20.720, es lo que antes se conocía como QUIEBRA, aunque la quiebra solo podían usarla las Empresas.

Recuerda, la Liquidación, o quiebra, es UN DERECHO establecido en tu favor, con el cual la ley te asegura que al terminar el procedimiento, NO TENDRÁS NINGUNA DEUDA y podrás comenzar desde cero, en el sistema financiero y comercial, ELIMINANDO TODOS LOS ANTECEDENTES como deudor, de los registros como DICOM y Boletín Comercial.

 

¿Quién puede ejercer su derecho a Liquidar sus Bienes o declararse en Quiebra o Banca Rota?

Cualquier persona natural, como tu y como yo 👩‍🦰 👨‍🦰, si, y también cualquier persona jurídica 🏛 🏢 desde una micropyme a una gran empresa. El procedimiento en todos los casos es el mismo, pero a las empresas (de cualquier tamaño) le piden dos documentos más, eso es todo!!!

¿Cómo te Ayudamos?

Ponemos a tu servicio todo nuestro conocimiento y vasta experiencia en la tramitación de más de 100 juicios de Liquidación (o quiebra) para personas naturales y jurídicas. Te escucharemos, y considerando tu situación particular, te guiaremos a través de ésta, indicándote los pasos a seguir para que el tribunal  te conceda éste beneficio y te sientas seguro frente a tus acreedores, que como sabemos, te estarán intentando contactar constantemente para que renegocies con intereses muy altos.

¿Qué es la Liquidación o Quiebra?

De manera general, la Liquidación consiste en reunir en un solo juicio todas tus deudas, declararlas, y realizar, dentro del juicio un pago por TODAS ellas, con el producto de tus bienes. No te preocupes en este momento si no comprendes como funciona todo, aquí te explicamos en palabras breves, si tienes dudas, ¡nosotros las aclararemos para ti!

¿Cuáles son los requisitos que debes cumplir?

El principal requisito que debes cumplir es que te encuentres en INSOLVENCIA ECONÓMICA, esto es que tus deudas sean mayores que tus ingresos, y que esto te ocurra por un período sostenido de tiempo (o sea que no sea solo que un mes no has podido pagar alguna deuda).

A veces, cuando nuestros clientes nos consultan, aun no han dejado de pagar la mayoría de sus cuentas/deudas, pero ven que en poco tiempo más ya no podrán hacerlo, muchos se encuentran en el ciclo de “la bicicleta”, en que piden un crédito para pagar otro y esto pronto los consume, por suerte, podemos acompañarte durante todo este proceso, y darte tranquilidad contestando a todas tus preguntas, y dándote real y verdadero apoyo legal.

La ley establece requisitos para el juicio de quiebra o liquidación, como esos requisitos son formales no te distraeremos con ellos aquí, sólo nos referiremos a uno que debes saber porque es el único que puede demorar que el tribunal te conceda tu derecho a liquidar tus bienes o declararte en quiebra o banca rota; este requisito que han establecido los Tribunales es que tengas al menos un juicio en tu contra al momento de que solicitemos tu liquidación. ¿Qué pasa si no tienes ningún juicio aun? No te preocupes, tenemos más tiempo para orientarte en cómo afrontar este tiempo, y recolectar la información y antecedentes necesarios.

Si ya te han notificado de algún juicio en tu contra aun podemos ayudarte pero DEBES CONTACTARNOS YA!!!

Ya que has llegado a esta parte TE FELICITAMOS 👍👍  estás tomando en tus manos el control de tu situación económica y financiera y con ello tendrás un futuro mejor!!!

Para realizar este juicio, necesitamos analizar tu situación particular, porque cada persona tiene una historia única y nosotros nos enfocamos en lo más conveniente para ti, en tu situación económica, familiar y con tus sueños. Para eso, dependiendo de tu tiempo, puedes solicitarnos que agendemos una reunión sin costo alguno para ti, o si estás lejos o te es imposible en este momento, podemos contactarnos usando la tecnología, teléfono, whatsapp u otro medio que propongas.

¿Qué obtienes con este del juicio?

Primero, desde que se te reconoce el derecho a liquidar tus bienes (o sea desde que el juez te declara en quiebra) obtienes que SE DETENGA CUALQUIER JUICIO EN TU CONTRA EN QUE TE QUIERAN COBRAR, EMBARGÁNDOTE, por ejemplo, puesto que todos esos juicios deben ser enviados al juez que ve tu juicio de Liquidación.

EL objetivo final y lo que obtienes al terminar el proceso es que tus deudas ya no existen, o sea NO TIENES MÁS DEUDAS, el juicio termina con tu rehabilitación en el sistema financiero, esta rehabilitación ocurre con la Resolución de Término del proceso que emite el Juez que habrá visto tu causa. Con la Rehabilitación en el sistema tu acreditas que NO TIENES NINGUNA DEUDA, y entre otras cosas eso te permite exigir que se elimine tu registro como deudor de DICOM y del Boletín Comercial.

Desde que el tribunal te reconoce el derecho a liquidar tus bienes -o declararte en quiebra en otras palabras- transcurre, según nuestra experiencia aproximadamente un año, que no te mientan (a veces puede tardar menos, pero son casos excepcionales).

YA PUEDES COMENZAR A SOÑAR TRANQUIL@ OTRA VEZ, LIBRE DE DEUDAS, Y PLANIFICAR TU FUTURO CON TODO LO QUE HAS APRENDIDO EN EL CAMINO.

TOD@S MERECEMOS UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD.

“La libertad es el derecho de hacer lo que permite la ley.”

Montesquieu